Con las modificaciones aprobadas a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, se suprimió a la Secretaría de Gobierno la atribución que venía ejerciendo de organizar, coordinar, dirigir vigilar el Registro Público de la Propiedad y el Comercio del Estado para otorgarle dichas atribuciones a la Secretaría de Hacienda que actualmente administra, norma, conduce y supervisa los servicios catastrales en el estado, y con ello, logra una mayor vinculación entre ambos servicios.
Antecedentes, Objetivos y Funciones del Registro Público.
Servicios de información
Sección Comercio
Sección Inmobiliaria.
Respecto a los servicios que ofrece el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en la sección inmobiliaria, la cantidad que se encuentra entre paréntesis de cada uno de los actos es el monto a pagar cuando el valor Catastral, Bancario o de Venta, no rebase los 500 salarios mínimos ($22,025.00); en caso contrario, se aplicará el porcentaje que se indica, que corresponde al 1% del valor más alto que resulte de cualquiera de los tres antes señalados.
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