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FONDO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
08.08.2010 19:05FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONVOCATORIA 2010-01
I. ALCANCE:
El presente documento de Términos de Referencia complementa las Bases de la Convocatoria 2010-
01 emitida por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) y el Gobierno del Estado de
Quintana Roo, a través del “FONDO MIXTO FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y
TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO” en lo sucesivo Fondo
Mixto, o FOMIX indistintamente, siendo su aplicación de carácter general.
El contenido de este documento detalla los siguientes puntos:
1. Especificación de las demandas de la Entidad.
2. Estructura y características de las propuestas.
3. Rubros financiables.
4. Evaluación y selección de propuestas.
5. Asignación de recursos y seguimiento de proyectos.
6. Confidencialidad, propiedad, reconocimientos y difusión de los resultados de los proyectos.
7. Consideraciones adicionales.
8. Glosario de términos.
II. DEMANDAS DE LA ENTIDAD:
1. Especificación de las demandas de la Entidad/Municipio
El Gobierno del Estado de Quintana Roo ha identificado en el marco de sus prioridades un conjunto
de demandas y necesidades para ser atendidas por la comunidad científica, tecnológica y
empresarial inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y
Tecnológicas, con el apoyo del “Fondo Mixto”, mismas que ha incorporado en el Documento
“DEMANDAS ESPECIFICAS” que forman parte de esta Convocatoria.
AREA 1. ARTICULACIÓN ACADÉMIA‐EMPRESA‐SOCIEDAD.
ÁREA 2. ENERGÍAS RENOVABLES.
ÁREA 3. MEDIO AMBIENTE.
Estas demandas se muestran en detalle en el documento de Demandas Específicas que forman parte
de estos Términos de Referencia, bajo la siguiente estructura:
1. Antecedentes.
2. Objetivos.
3. Productos esperados.
4. Modalidad.
5. Usuarios.
6. Indicadores de impacto
En función de las acciones científico-tecnológicas requeridas para atender la demanda específica
establecida, las propuestas podrán presentarse en la modalidad que se señala a continuación y con
base en el documento de demandas específicas.
A. Investigación Científica:
A1. Aplicada
B. Desarrollo Tecnológico:
B1. Precompetitivo. (Con el 50% de aportaciones de la empresa)
B2. Competitivo. (Con el 50% de aportaciones de la empresa)
III. ESTRUCTURA Y CARACTERÍSTICA DE LA PROPUESTA.
1. PROPUESTA
1.1. Las propuestas deberán presentarse en un lenguaje claro y conciso que permita a las instancias
de evaluación disponer de manera ágil y ordenada de información suficiente para emitir sus
dictámenes.
1.2. Las propuestas deberán atender una de las demandas establecidas en la convocatoria y
presentarse en el formato disponible en las páginas electrónicas del CONACYT
www.conacyt.gob.mx, y del Consejo Quintanarroense de Ciencia y Tecnología
www.coqcyt.gob.mx. Estas deberán apegarse, a la estructura descrita en este apartado, sin
embargo, si por la naturaleza del proyecto es necesario agregar alguna información de soporte,
ésta podrá anexarse usando documentos en formato PDF.
1.3. La estructura de la propuesta considera entre otros elementos:
1) Identificación de la propuesta:
Deberá indicarse el Fondo y Convocatoria al que aplica.
2) Datos Generales:
Se indicarán el título de la propuesta, la demanda atendida, la modalidad asociada, clasificación y
los datos de la institución proponente, incluyendo el número de registro RENIECYT; los datos del
responsable técnico, del responsable Administrativo y del representante legal, así como las demás
instituciones e instancias involucradas en su ejecución.
3) Alcance de la propuesta:
a) Resumen del proyecto: Descripción concisa de la propuesta en forma tal, que permita a las
instancias de evaluación entender en lo general, la naturaleza y alcance de la propuesta
presentada y pueda usarse como referencia en publicaciones o fichas técnicas que sean
requeridas.
b) Objetivos y metas del proyecto: Descripción del objetivo general y los objetivos específicos de
la propuesta, así como las metas asociadas. Deberán establecerse indicadores cuantitativos y
cualitativos, medios de verificación y supuestos considerados que permita dar seguimiento
objetivo al desarrollo del proyecto.
c) Entregables o productos esperados del proyecto: Listado y enunciado de los entregables o
productos intermedios y finales del proyecto, asociados a la demanda, que permitirán al
usuario atender el problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda y que
constituyen el propósito central del proyecto. En los casos que se considere conveniente
podrán listarse los productos asociados a los indicadores de ciencia y tecnología, tal como
formación de recursos humanos, patentes, etc.
d) Contribución del proyecto: En función de los objetivos y entregables especificar la contribución
del proyecto a la atención de la demanda o solución del problema que dio origen a ella. En su
caso la contribución al avance de la técnica en el área bajo estudio.
e) Impacto económico, social y/o ambiental: Descripción cualitativa y cuantitativa del impacto
económico, social y/o ambiental potencial que el estado, municipio o sector obtendrá con la
aplicación de los resultados del proyecto. Solamente los casos en que la demanda no haga
explicito el impacto esperado.
4) Estructura de la propuesta:
a) Antecedentes:
Descripción del conocimiento científico o técnico, de estudios previos, de análisis de
alternativas, de tendencias o prospectivas u otros aspectos que fundamenten la propuesta
técnica y evidencien el grado de novedad o contenido innovador de la propuesta, así como el
dominio en la atención de la problemática o necesidad que la propuesta pretende atender.
b) Metodología o estrategia de ejecución:
Descripción de la base metodológica o estrategia de ejecución para el logro de los objetivos,
metas y entregables del proyecto.
c) Programa de actividades:
Descripción por etapas de las actividades del proyecto asociadas a la generación y entrega de
los resultados o productos esperados intermedios y finales definidos, explicitando tiempos e
indicadores que permitan verificar su cumplimiento. La propuesta deberá estructurarse
preferentemente en dos etapas sin que las etapas excedan en lo individual, el tiempo de un
año de ejecución. No se aceptarán proyecto de una sola etapa.
d) Grupo de trabajo:
Descripción cualitativa y cuantitativa de las capacidades científicas, técnicas y administrativas
de los participantes en el proyecto y, de ser el caso, de las instituciones u organizaciones a las
que estén adscritos. Se deberá enunciar los investigadores asociados que serán financiados
por el proyecto, así como los estudiantes asociados que realizarán alguna tarea específica.
e) Infraestructura para llevar a cabo el proyecto:
Infraestructura física disponible por las instancias involucradas para ejecutar las actividades
del proyecto o través de terceros. Enunciar la infraestructura indispensable para llevar a cabo
el proyecto pero que no está disponible en las instituciones participantes.
f)Riesgos Técnicos del proyecto:
Descripción de posibles contingencias de naturaleza técnica que podrían presentarse durante la
ejecución del proyecto e impedir la conclusión exitosa del mismo, su probabilidad de ocurrencia,
así como las acciones consideradas para enfrentarlas.
g) Presupuesto:
Desglose del presupuesto requerido para cada una de las etapas, desagregando lo solicitado
a Fondos Mixtos y en su caso, los recursos concurrentes. Justificación del rubro y monto y en
su caso, desglose de requerimientos por institución participantes.
5) Información de soporte:
La propuesta deberá acompañarse, invariablemente, de la siguiente información:
• Carta institucional de apoyo al proyecto
• Carta compromiso de participantes en el proyecto, en su caso.
• Carta del usuario.
• Declaración de no adeudo o litigios del responsable técnico con el CONACYT o Gobierno del
Estado.
• Declaración de no duplicidad de apoyo de otro fondo del Gobierno Federal o del Gobierno
Estatal.
• Otra información que se considere necesaria.
2. REQUISITOS DE LA PROPUESTA.
2.1 Las propuestas deberán indicar un responsable técnico, un responsable administrativo y la
persona con poderes legales para suscribir Convenios. El primero será responsable de la
ejecución del proyecto, del cumplimiento de sus objetivos y metas, de la generación de los
productos entregables y de la elaboración de los informes de avance y logros alcanzados; el
segundo tendrá la responsabilidad del control administrativo y contable, de la correcta aplicación
y comprobación de los recursos canalizados por el Fondo Mixto, así como de la elaboración de
los informes financieros y administrativos requeridos; por último, el representante legal o
apoderado será la persona física con el poder para contraer compromisos a nombre del sujeto de
apoyo y firmar los convenios necesarios.
El responsable técnico deberá considerar los siguientes señalamientos:
• Si se ausenta de su institución de adscripción por un periodo mayor de tres meses, ya
sea por receso sabático o por comisiones durante la ejecución del proyecto, no podrá
fungir como responsable del proyecto.
• Cuando el responsable técnico cuente con un proyecto aprobado vigente, podrá
someter una nueva propuesta siempre y cuando justifique su capacidad de coordinar
ambos proyectos, sin demérito de su calidad.
2.2 En el caso de propuestas presentadas de manera conjunta por más de una instancia, una de ellas
deberá identificarse como representante común, con carácter irrevocable durante el proceso de
la Convocatoria, en la suscripción del Convenio de Asignación de Recursos, y durante todo el
desarrollo del proyecto hasta su conclusión, y único interlocutor con el Fondo Mixto y el
CONACYT. Además deberá responsabilizarse de la coordinación del proyecto tanto en lo técnico
como en lo administrativo, correspondiendo a su responsable técnico desempeñar la función de
Coordinador General, y será quien tendrá la responsabilidad de integrar los avances y resultados
de los grupos individuales, así como mantener la cohesión del grupo de trabajo.
2.3 Las propuestas que involucren la participación de grupos multidisciplinarios podrán especificar los
objetivos, metas y productos entregables por cada uno de ellos, así como los recursos requeridos,
si así lo consideran pertinente.
2.4 En las propuestas con la participación de más de una instancia, se deberán desglosar los montos
requeridos por cada una de ellas. Los recursos serán canalizados, salvo casos de excepción, a
través de la institución coordinadora, quien deberá establecer los mecanismos para que los
recursos se entreguen a las demás instituciones, mediante los procedimientos que la normatividad
de las instituciones establezcan para tal efecto.
2.5 En el caso de proyectos de impacto regional, la propuesta podrá ser evaluada por alguno de los
Fondos involucrados y aprobar recursos parciales, siempre y cuando se tenga la aprobación
expresa del Comité Técnico y de Administración.
IV. RUBROS FINANCIABLES:
Se apoyarán los gastos e inversiones indispensables para la ejecución exitosa del proyecto, los
cuales deberán estar ampliamente justificados. Los rubros que financiables con recursos del
Fondo Mixto son los especificados en el Manual de Administración de Proyectos en el cual se
señala entre otros:
1. Gasto corriente:
1.1 Pasajes y viáticos
Del grupo de trabajo, incluyendo a estudiantes asociados y especialistas, científicos o
tecnólogos invitados para fines estrictamente relacionados con el proyecto.
1.2 Trabajo de Campo
Gasto de personal de apoyo de la localidad e insumos requeridos para la realización de
trabajo de campo, así como gastos asociados. Se consideran los gastos por arrendamientos
de inmuebles, parcelas y vehículos indispensables para realizar el trabajo de campo.
1.3 Servicios externos
Pago por servicios externos especializado a terceros, universidades, instituciones de
educación superior, institutos y centros de investigación, empresas de ingeniería y/o
consultoría especializada, laboratorios nacionales o extranjeros, para la realización de
actividades puntuales y altamente especializadas, siempre y cuando estas sean
indispensables y estén plenamente justificados, para asegurar el éxito del proyecto.
Pago a empresas especializadas para el seguimiento técnico y financiero del proyecto, solo en
los casos que por la naturaleza del proyecto sea justificable.
1.4 Gastos de Operación.
Gastos relacionados con la operación y mantenimiento de laboratorios y plantas piloto; diseños y
prototipos de prueba; herramientas y dispositivos para pruebas experimentales; arrendamiento,
reparación y mantenimiento de vehículos, equipo de laboratorio, planta piloto, comunicación y
cómputo, indispensables para la ejecución exitosa del proyecto.
1.5 Materiales de consumo y Software.
Gastos relacionados con material de consumo de uso directo del proyecto en la fase experimental
o de pruebas en la aplicación, incluye seres vivos, reactivos, energéticos y combustibles no
incluidos en los rubros de pasajes o trabajo de campo.
Considera la adquisición de licencias y programas de software especializado, indispensables por
el proyecto y consumibles para equipo de impresión, cómputo y fotografía y equipos de
laboratorio.
Gasto relacionado con adquisición de software, dispositivos y consumibles de equipos de
impresión, copiado, computo, laboratorio y otros.
1.6 Investigadores asociados Apoyo para investigadores, expertos y tecnólogos incorporados al
desarrollo del proyecto como investigadores asociados, en sus niveles de especialización,
maestría o doctorado, preferentemente ex -becarios del CONACYT, con no más de tres años de
obtenido el grado al momento de la emisión de la convocatoria y no estén adscritos de tiempo
completo a alguna institución o empresa, siempre y cuando sean indispensables para el éxito del
proyecto.
Los lineamientos de incorporación se detallan en el Procedimiento de Administración de Proyectos
que le será entregado al sujeto de apoyo, a la firma del Convenio correspondiente. La
participación podrá ser por todo el periodo de vigencia del proyecto, y los montos de los apoyos
por nivel se regirán conforme a la normatividad de la institución solicitante sin exceder los
siguientes montos:
Con nivel de Especialidad: Hasta 8 SMGVDF*
Con grado de Maestría: Hasta 12 SMGVDF
Con grado de Doctorado: Hasta 20 SMGVDF
* Salario Mínimo General Vigente para el Distrito Federal.
1.7 Apoyo a estudiantes asociados
Apoyo mensual a estudiantes asociados al proyecto que realicen su trabajo de tesis o terminal de
licenciatura, o que busquen obtener el grado de especialidad, maestría o doctorado a través de su
participación en el proyecto. Los estudiantes deberán tener un promedio general escolar mínimo
de 8.0 en el ciclo anterior, estar inscritos en un posgrado nacional de tiempo completo (excepto
tesis de licenciatura), justificar plenamente su participación en el proyecto y no tener o haber
tenido otra beca para el mismo grado por el CONACYT.
Los montos de los apoyos podrán ser:
Licenciatura (último año): Hasta 2 SMMDF y hasta 9 meses.
Especialidad/Maestría:* Hasta 4 SMMDF y hasta 24 meses.
Doctorado: * Hasta 6 SMMDF y hasta 36 meses.
1.8 Acervos bibliográficos, servicios de información y registros.
Servicios de información científica y tecnológica, acervos bibliográficos y documentales;
registro de patentes, pagos de derechos de autor, y de otros títulos de propiedad intelectual e
industrial, indispensables para proteger los resultados del proyecto.
1.9 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados.
Gastos relacionados con las presentaciones, publicaciones y material para transferir, divulgar
y difundir los resultados del proyecto incluyendo la organización de talleres o eventos
especializados.
1.10 Gastos de capacitación
Considera los gastos de entrenamiento necesarias para adquirir la técnica o práctica
indispensable para operar los equipos de trabajo, la infraestructura adquirida o ejecutar alguna
componente del proyecto.
1.11 Otros
Rubros autorizados por el Comité Técnico para atender requerimientos particulares de la
convocatoria o para asegurar el éxito del proyecto y que se especifican en las bases de la
misma.
2. Gasto de inversión:
Se refiere a los gastos relacionados con la adquisición de activos o bienes de consumo duradero,
inventariables, relacionados estrictamente con el proyecto y plenamente justificados, tales como:
2.1 Equipo de Laboratorio:
Adquisición de equipos de laboratorio de prueba y experimentales.
2.2 Maquinaria y equipo:
Adquisición de accesorios, maquinaria, plantas piloto o aquellos indispensables para el
desarrollo de prototipos, productos de prueba o para el escalamiento industrial.
2.3 Equipo de Cómputo, de telecomunicaciones y transporte
Equipo necesario para apoyar el trabajo experimental y el trabajo de campo, así como la
operación eficiente de centros de investigación y desarrollo tecnológico. El equipo de
transporte deberá ser debidamente justificado y preferentemente compartido el costo con el
sujeto de apoyo.
2.4 Herramientas y accesorios
Herramientas y accesorios considerados de consumo duradero indispensables en la fase
experimental o trabajo de campo.
2.5 Obra civil
Considera la construcción de edificaciones para contener, o consideradas, como instalaciones
experimentales, de trabajo para personal científico y/o tecnológico, de capacitación y
divulgación de actividades científicas y tecnológicas. Incluye los servicios internos básicos,
siempre y cuando estén debidamente justificados.
No se considera la adquisición de terrenos ni gastos de urbanización de los mismos.
2. Gastos no elegibles
No son elegibles de financiarse con recursos del Fondo, los siguientes rubros:
• Compra de vehículos automotores que no sean indispensables para la ejecución del proyecto;
equipos y maquinaria cuyo propósito, durante el desarrollo del proyecto, contemple
actividades de producción o comercialización del solicitante, o se considere como parte de su
infraestructura regular de operación.
• Los sueldos, salarios o compensaciones económicas u honorarios para el personal de las
instituciones participantes.
• Todos aquellos conceptos como mobiliario, equipo, materiales y gastos en general
relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de ventas o
distribución, incluyendo los relacionados con la publicidad.
• Arrendamiento de oficinas; la adquisición de terrenos y la urbanización de los mismos.
• Todos aquellos rubros que no sean indispensables para la realización del proyecto.
V. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS:
1. Criterios de evaluación:
Las propuestas recibidas se someterán a un proceso de evaluación constituido por tres etapas a)
Cumplimiento de Normatividad; b) Análisis de Pertinencia y c) Calidad científica y técnica.
a) Cumplimiento de la Normatividad.
En esta etapa se verificará el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en la
convocatoria correspondiente, que los proponentes deben de satisfacer para proceder a la
evaluación y dictaminación de las propuestas tales como:
1) Inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas que realizan actividades
Científicas y tecnológicas (RENIECYT).
2) Respaldo institucional de la propuesta.
3) Carta de Usuario.
3) Recepción de la documentación completa solicitada.
4) Declaración de no duplicidad del apoyo de Fondos Federales por parte del sujeto de apoyo.
5) Declaración de no existencia de litigios o adeudos con el CONACYT de los responsables
del proyecto y en el caso de empresas y centros privados, de los sujetos de apoyo.
6) Las particularidades para el Fomix Quintana Roo, indicadas en el Documento de Bases:
A. Las instituciones interesadas en presentar propuestas, además de estar inscritas en
el RENIECYT, deberán tener su domicilio fiscal en el Estado de Quintana Roo. En
caso de que no sea así, y el domicilio fiscal del proponente se ubique fuera del
estado de Quintana Roo, podrá presentar propuestas siempre y cuando cuenten
con una unidad, centro de estudios o de investigación en la entidad, con al menos
dos años de trabajo comprobables.
B. Para el caso de instituciones cuya sede y domicilio fiscal se ubique fuera de
Quintana Roo y que estén interesadas en presentar propuestas, invariablemente
deberán incluir la participación de investigadores adscritos a instituciones de
educación superior o centros de investigación del Estado de Quintana Roo. Dichos
investigadores deberán ser especialistas en el área de demanda que atienden, en
el entendido de que la propuesta deberá señalar claramente la participación y
compromiso de los participantes.
C. Los centros e instituciones ubicadas fuera del Estado deberán incorporar,
preferentemente, estudiantes de instituciones del Estado.
D. Sólo se aceptarán propuestas cuyo tiempo de ejecución no exceda el tiempo
especificado en la demanda, debiendo presentarse preferentemente en dos etapas
y no exceder el número de tres.
E. El monto solicitado para desarrollar la primera etapa del proyecto, salvo casos
debidamente justificados, no deberá exceder del 50 % del monto total solicitado.
En función de lo establecido en las bases de la convocatoria, se podrán considerar como
requisitos:
1) Los montos máximos explicitados en la convocatoria.
2) El tiempo límite de ejecución y/o limites en el número de etapas.
3) La ubicación geográfica de los beneficiarios de los resultados del proyecto.
b) Análisis de pertinencia:
1) Las propuestas que cumplan con los requisitos obligatorios serán sometidas a un análisis de
pertinencia, es decir verificación de la congruencia con la demanda especificada en la
Convocatoria, particularmente con los objetivos y productos esperados enunciados en la
demanda.
2) Las propuestas deben respondan a demandas específicas y los parámetros a evaluar deberán
permitir valorar la contribución de la propuesta a la demandas específica, tales como:
i. Atención integral a una de las demandas específicas de la Convocatoria.
ii. Congruencia de los objetivos del proyecto con los objetivos establecidos en la demanda.
iii. Correspondencia de los productos entregables comprometidos con los productos
esperados de la demanda.
iv. Los tiempos de ejecución
v. El impacto o beneficio para el estado, municipio o sector
vi. Otros que autorice el Comité Técnico y de Administración:
c) Calidad Científica y Técnica
1) Las propuestas que cubran los criterios de pertinencia serán sometidas a un proceso de
evaluación de la calidad científica y/o técnica a través del cual se determina la probabilidad de que el
proyecto alcance los objetivos y metas que se han planteado, así como la originalidad o contenido
innovador de la propuesta.
2) Los criterios que se utilizarán para determinar la calidad de la propuesta son entre otros:
• Calidad de la propuesta:
i. El dominio del tema científico o técnico, del problema y el grado de novedad de la propuesta.
ii. La congruencia entre los objetivos y la contribución esperada.
iii. La pertinencia e idoneidad de la metodología o de la estrategia de ejecución.
iv. La congruencia de las metas y actividades con la generación de los productos entregables.
v. La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo.
vi. La disponibilidad y alcance de la infraestructura física.
vii. Los Riesgos técnicos del proyecto y la calidad de las estrategias para enfrentarlos.
• Originalidad o contenido innovador:
En alguno de los siguientes casos:
i. En la generación del conocimiento.
ii. En la aplicación del conocimiento.
iii. En el uso de materiales, procesos, servicios y tecnologías existentes.
2. Instancias de evaluación:
2.1 La verificación del cumplimiento de los criterios normativos establecidos en la convocatoria será
llevada a cabo por los Secretarios Administrativo y Técnico del Fondo Mixto.
2.2 El análisis de pertinencia estará a cargo del Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP), conformado
por representantes de las instancias estatales usuarias de los resultados del proyecto, por
miembros de la Comisión de Evaluación conocedores de los temas y/o por especialistas que el
Gobierno del Estado de Quintana Roo, el CONACYT y el Comité Técnico y de Administración
determinen para analizar la congruencia de las propuestas con la demandas establecidas en la
Convocatoria y emitir el dictamen correspondiente.
2.3 La evaluación científica o técnica de la propuesta estará a cargo de la Comisión de Evaluación
del Fondo Mixto, integrada por destacados científicos, tecnólogos y especialistas designados de
común acuerdo entre el CONACYT y el Gobierno del Estado, responsables de dictaminar la
calidad científica o técnica de las propuestas recibidas y emitir una recomendación al Comité
Técnico y de Administración del Fondo.
La Comisión de Evaluación se apoyará en:
a) La recomendación emitida por Evaluadores del Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados
(RCEA).
b) La recomendación de evaluadores externos o comisiones especializadas, designadas por la propia
Comisión de Evaluación.
2.4 Las instancias de evaluación se apegarán a los procedimientos y normatividad establecida en el
Manual de Procedimientos del Fondo Mixto CONACYT-Gobierno aprobado por el Comité Técnico y
de Administración.
2.5 Es importante destacar que tanto el Grupo de Análisis de Pertinencia como la Comisión de
Evaluación contarán únicamente con la información contenida en la propuesta, para emitir su
dictamen, por lo que la claridad y calidad de este documento es un factor fundamental para su
correcta evaluación.
3. Criterios de Selección:
3.1 El Comité Técnico y de Administración en función de los recursos disponibles, de la
recomendación de la Comisión de Evaluación y de los criterios que considere convenientes,
seleccionará las propuestas que recibirán apoyo del Fondo Mixto, aprobará el monto de
recursos a cada una de la propuestas seleccionadas e instruirá al Secretario Administrativo para
que proceda a la formalización del apoyo y a la Secretario Técnico para que proceda con la
publicación de resultados en la página del CONACYT y en los medios establecidos en la
Convocatoria.
3.2 Algunos de los criterios específicos que el Comité Técnico y de Administración podría utilizar en
función de la naturaleza de la Convocatoria, para la selección de propuestas son:
1) Calificación de la Calidad Científica o Técnica de la propuesta
2) Impacto y beneficio (demandas genéricas)
a) En los indicadores socioeconómicos del problema.
b) En la generación del avance científico y tecnológico.
c) En la formación de recursos humanos requeridos.
d) En la consolidación de la infraestructura científica y tecnológica.
3) Compromisos del proponente.
a) Recursos concurrentes aportados (casos requeridos).
b) Personal e infraestructura comprometida.
4) Tiempo y costo de ejecución.
a) Se dará preferencia a las propuestas que en igualdad de condiciones, tengan ventajas en
tiempo y/o costo de ejecución.
VI. ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS
1. Formalización de los apoyos a los proyectos seleccionados:
Los proyectos que resulten seleccionados para ser financiados por el Fondo Mixto, serán
formalizados mediante Convenios de Asignación de Recursos.
En los convenios se definirán claramente los compromisos, productos entregables, fechas de
entrega de informes por etapa, incorporando en su caso, las observaciones de la Comisión de
Evaluación y los ajustes emitidos y aprobados por el Comité Técnico.
En el caso de que en el proyecto participen varias instancias, la asignación de recursos será a
través de la institución coordinadora.
2. Monto aprobado, ministración de recursos y ejercicio del gasto:
El monto total aprobado para la ejecución del proyecto será el determinado por el Comité Técnico
y de Administración y la ministración de recursos se hará de acuerdo a las etapas que se haya
estructurado el proyecto, indicadas en el convenio específico.
El sujeto de apoyo deberá llevar un control específico, para lo cual deberá aperturar, a nombre del
sujeto de apoyo, una cuenta de cheques en alguna institución bancaria para el uso exclusivo del
proyecto, mancomunada entre el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo. Las
aportaciones concurrentes líquidas, en su caso, se deberán depositar en la misma cuenta
bancaria, para aplicarse en los rubros comprometidos.
Para el caso que de aquellos sujetos de apoyo que por su normatividad cuenten con una cuenta
concentradora, deberá notificarlo al Secretario Administrativo, y garantizar la disponibilidad de
recursos hacia el proyecto, conforme a lo establecido en el párrafo anterior y a lo establecido en el
Manual de Administración de Proyectos.
La primera aportación al proyecto se realizará después de la firma del Convenio respectivo y de la
entrega del recibo institucional por el monto solicitado para desarrollar la primera etapa del
proyecto, la cual salvo casos debidamente justificados por escrito y autorizados por el Secretario
Técnico, no deberá exceder del 50 % del monto total autorizado.
El plazo previsto para el desarrollo del proyecto se considerará a partir de la fecha en que se
realice la primera ministración.
Los sujetos de apoyo disponen de un mes calendario a partir de la fecha en que el Fondo Mixto
les envíe los Convenios de Asignación de Recursos correspondientes para que sean firmados por
el responsable técnico, el responsable administrativo y el representante legal de la institución, así
como para aperturar la cuenta de cheques, y para el envío del recibo institucional por el monto de
la primera ministración. Salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados por escrito y
autorizado por el Secretario Administrativo del Fondo Mixto, el no cumplir en tiempo con estos
requisitos podrá ser motivo de cancelación del apoyo.
3. Ministraciones subsecuentes y reportes de avance:
Las ministraciones subsecuentes se harán con base a las etapas señaladas en la propuesta,
previa evaluación de los avances obtenidos y del cumplimiento de lo establecido en el Convenio.
Los informes deberán presentarse en las fechas comprometidas en el convenio y con el
suficiente detalle y especificidad para permitir su puntual seguimiento, utilizando el formato
considerado en el Procedimiento de Administración de Proyectos, mismo que será entregado al
sujeto de apoyo a la firma del Convenio.
El Responsable Técnico y el Responsable Administrativo del proyecto deberán notificar en los
informes de avance, cualquier desviación en el desarrollo y cumplimiento de metas y/o situación
financiera que se haya presentado durante la etapa que se reporta, así como las acciones para
corregirla. Esto formará parte del histórico del proyecto y será motivo de análisis por parte de las
instancias responsables del seguimiento y por las instancias responsables del proceso de
evaluación del impacto al término del mismo.
En el caso de proyectos en que participen varias instancias, el responsable del proyecto deberá
integrar el informe de avance incorporando lo compromisos de cada una de la instancias
participantes.
El Fondo podrá, sin responsabilidad, suspender e incluso cancelar, las aportaciones
subsecuentes en caso de no recibir los informes técnicos y financieros correspondientes.
4. Seguimiento de proyectos.
El Secretario Técnico, en apego a lo indicado en el Manual de Procedimientos del Fondo, hará el
seguimiento técnico a los proyectos, así como a los resultados y beneficios finales obtenidos, los
cuales servirán de base para el otorgamiento de apoyos posteriores, tal como lo establece el
artículo 12, fracción II, de la LCYT.
Por su parte, el Secretario Administrativo hará el seguimiento administrativo y financiero de los
proyectos apoyados y se regirá por los procedimientos y normas establecidas.
5 Informe final de resultados.
Al término del proyecto y como parte del compromiso de rendición de cuentas establecido por el
Gobierno Federal, el responsable técnico deberá emitir un informe final de los resultados,
beneficios obtenidos y de los potenciales que se visualicen para la Entidad, incorporando además
el informe financiero final, elaborado por el responsable administrativo del proyecto. Conforme a
las Reglas de Operación y el Manual de Procedimientos.
Simultáneamente al envío del informe técnico final el Sujeto de Apoyo presentará al Secretario
Administrativo del Fondo el informe financiero final, el cual deberá acompañarse de un dictamen
de auditoría por despacho externo al sujeto de apoyo debidamente autorizado para ello, que
garantice el correcto ejercicio de los recursos recibidos.
6. Auditorias al proyecto.
El Fondo Mixto se reserva el derecho de aplicar auditorias técnicas y contables en las distintas
etapas de la ejecución del proyecto y a la terminación del mismo, sin requerir para ello, de la
autorización explícita del beneficiario.
7. Evaluación ex-post del proyecto.
Una vez concluido el proyecto y de acuerdo con su naturaleza, el Fondo Mixto llevará a cabo una
evaluación de su impacto, beneficios económicos y sociales para la Entidad, con la metodología y
el tiempo que defina en su caso, el Comité Técnico y de Administración.
8. Terminación anticipada.
El proyecto se dará por terminado por los causales indicados en el Convenio Específico y se
procederá de acuerdo a lo establecido en el Manual de Procedimientos del Fondo. Los causales
de la terminación anticipada podrán ser:
a) Por causas de fuerza mayor o fortuita, sin responsabilidad para el ejecutor.
b) Por identificación de desviaciones no reportadas en la etapa de desarrollo correspondiente por
parte de los Responsables Técnico y/o el Responsable Administrativo
b) Por causas imputables al ejecutor del proyecto o por mal uso que éste dé a los recursos
otorgados.
En estos últimos dos casos se dará por terminado el proyecto de manera anticipada sin que
medie requerimiento judicial alguno, y el ejecutor del proyecto estará obligado a la devolución de
todos los recursos otorgados y de los bienes adquiridos.
VII. CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD, RECONOCIMIENTOS Y DIFUSIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LOS PROYECTOS.
1. La información que se reciba con motivo de la presente Convocatoria, está sujeta a lo dispuesto
por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo
que aquella documentación que deba ser clasificada como confidencial o reservada, deberá ser
expresamente identificada en la solicitud. El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto,
establecerá los mecanismos necesarios para asegurar la confidencialidad de la información
contenida en todas las propuestas presentadas, tanto en la fase de evaluación como de
seguimiento.
2. De conformidad con el Artículo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología, es obligación de los
beneficiarios del Fondo Mixto proporcionar la información requerida por el Sistema Integrado de
Información Científica y Tecnológica (SIICYT) y dar crédito al Fondo Mixto en propuestas,
publicaciones, materiales para conferencias, exhibiciones, videocintas y otros productos
resultantes del apoyo.
3. Los resultados de los proyectos deberán estar siempre a disposición del Fondo Mixto, y se
respetará la confidencialidad, los derechos de autor y los lineamientos que emanan de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Público Gubernamental.
4. Los derechos de autor y/o propiedad intelectual e industrial que se generen por el proyecto, serán
de los sujetos de apoyo beneficiados por el Fondo Mixto. Los beneficios que de ello se deriven se
ajustarán a los términos y condiciones que se estipulen en los Convenios de Asignación de
Recursos, mediante los cuales se formalice el financiamiento de los proyectos.
5. Los resultados de los proyectos apoyados se publicarán en las páginas electrónicas del
CONACYT y del Gobierno del Estado de Quintana Roo, sin demérito de los derechos de
propiedad intelectual e industrial y la confidencialidad requerida.
VIII. CONSIDERACIONES ADICIONALES.
1. Generales.
a) No serán elegibles los proyectos presentados por quienes tengan adeudos con el CONACYT, o
conflictos planteados en contra de éste ante instancias administrativas o judiciales, derivados
de proyectos apoyados en cualquier programa del propio Consejo. No serán evaluados
aquellas propuestas cuyos responsables técnicos presenten retrasos injustificados en el
cumplimiento de informes técnicos o administrativos de proyectos apoyados.
b) Tanto el responsable técnico como el responsable administrativo de los proyectos apoyados
deberán asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente de la institución sujeta de apoyo,
así como de lo establecido en las Reglas de Operación vigentes para esta Convocatoria.
c) Los miembros del Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto o de la Comisión de
Evaluación correspondiente, podrán presentar propuestas, sin embargo, se abstendrán de
participar en los procesos de evaluación y autorización, conforme a las reglas de operación
vigentes.
d) Una misma propuesta no podrá ser susceptible de apoyo por más de un Fondo CONACyT.
e) Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria, serán resueltas por el Comité Técnico y de
Administración del Fondo.
f) Las decisiones del Comité Técnico y de Administración serán definitivas.
g) El número de proyectos apoyados estará sujeto a la disponibilidad presupuestal del Fondo.
h) A través del Convenio de Asignación de Recursos el Sujeto de Apoyo se compromete a
presentar toda y cada una de la documentación soporte que le sea requerida y acredite la
totalidad de los recursos que se le asignen para desarrollar el proyecto en los términos
establecidos en el Convenio.
2. Previsiones éticas, ecológicas y de seguridad.
A través del Convenio de Asignación de Recursos, el sujeto de apoyo se obligará a cumplir y
hacer cumplir durante el desarrollo del proyecto y hasta su conclusión la legislación aplicable,
especialmente en materia ecológica, de protección a la bioseguridad y la biodiversidad, así como
a respetar las convenciones y protocolos en materia de ética aplicada a la investigación, la
legislación aplicable y la normatividad institucional en materia de seguridad.
A la fecha de firma del Convenio de Asignación de Recursos, se deberá contar con los
documentos correspondientes a permisos, autorizaciones y aprobaciones, de las instancias
facultadas para emitirlos, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas vigentes, en los
siguientes casos:
a) En los estudios o experimentos que pudieran tener un efecto en el medio ambiente.
b) Las propuestas que involucren estudios o experimentos con la participación de seres
humanos, deberá anexarse la aprobación del Comité de Ética y Bioseguridad Institucional
correspondiente.
c) Cuando se requieran realizar experimentos con animales, se deberá proporcionar información
que se tomará para dar cumplimiento a las normas vigentes.
d) Aquellos proyectos cuya realización requiera el uso de materiales radioactivos, sustancias
tóxicas o patógenos, deberán contar con la aprobación del organismo oficial de seguridad o de
la institución correspondiente (Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguarda, etc.).
e) Cuando se requiera de la colección de especies en áreas protegidas, deberá enviarse el
permiso respectivo.
f) Los proyectos en los que se requiera la autorización de exploración y excavación deberá
contarse con el permiso de las instancias correspondientes.
g) De igual manera en aquellos proyectos en que sea necesario, deberá cumplirse con lo
señalado en las Normas Oficiales Mexicanas, evitando en todo caso el replanteamiento del
proyecto.
3. Manejo de la información.
Los compromisos que se deriven del Fondo y sus convocatorias son el resultado de programas
permanentes y de carácter público, los cuales no son patrocinados ni promovidos por partido
político alguno.
Está prohibido el uso total o parcial con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos, el
alcance y contenido de la convocatoria, los presentes Términos de Referencia, así como los
proyectos apoyados y sus resultados.
Los términos de la presente Convocatoria obedecen a las disposiciones legales derivadas de
la Ley de Ciencia y Tecnología y sus Instrumentos Normativos, de tal forma que los resultados
emitidos solo podrán ser cuestionados en el marco que se señala en las presentes Bases y
Términos de Referencia.
IX. GLOSARIO DE TÉRMINOS.
• Apropiabilidad Factibilidad de convertirse en una solución tecnológica y/o un caso potencial
de negocio.
• Capacidad tecnológica Posesión de actitud, aptitud, habilidad y conocimiento requeridos
para generar y aplicar tecnología de manera planeada, sistemática e integral para la obtención
de ventajas competitivas.
• Comisión de Evaluación del Fondo Mixto Grupo voluntario de trabajo integrado por
distinguidos científicos, tecnólogos y empresarios especialistas en la materia, designados por
el Gobierno del Estado de Quintana Roo y el CONACYT, responsables de dictaminar la
calidad y viabilidad técnica de las propuestas que se presenten al Fondo Mixto.. Los miembros
de esta Comisión podrán ser parte de instituciones de educación superior e investigación,
públicas o privadas, de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, y de
organizaciones privadas relacionadas preferentemente de la Entidad.
• Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto Máxima autoridad del Fondo Mixto,
responsable del cumplimiento de sus fines y de la autorización de recursos a proyectos.
• Coordinador General del proyecto Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la
solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de las actividades de un proyecto en el
cual participe más de una instancia. Generalmente será el responsable técnico de la instancia
proponente.
• Demandas Específicas Conjunto de requerimientos y necesidades identificadas por la
Entidad para ser atendidas por la comunidad científica, tecnológica y empresarial con el apoyo
del Fondo Mixto.
• Entregables Productos o resultados esperados del proyecto que le serán entregados a la
instancia estatal usuaria para atender el problema o necesidad que dio origen a la demanda.
• Etapa de proyecto Conjunto de actividades de un proyecto, orientadas a generar productos o
resultados específicos cuantificables y con requerimientos de tiempo y recursos económicos
definidos.
• Evaluadores acreditados Investigadores, académicos, tecnólogos, consultores, especialistas
o profesionales, inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).
• Fondo Mixto Al Fideicomiso constituido por Gobierno del Estado/Municipio y el CONACYT
con el objeto de financiar proyectos de investigación científica y tecnológica, de innovación y
desarrollo tecnológico, de formación de investigadores, de infraestructura científica y
tecnológica, de difusión y divulgación de la ciencia y la tecnología, en el marco de las
demandas que el Comité Técnico y de Administración autorice.
• Grupo de Análisis de Pertinencia Grupo voluntario de trabajo conformado por
representantes de las instancias usuarias de los resultado del proyecto, por científicos,
tecnólogos y empresarios especialistas en la materia, facultado por el Comité Técnico y de
Administración para analizar la congruencia de las propuestas recibidas con las demandas
establecidas en la convocatoria.
• Indicadores de Impacto Medidores del beneficio obtenido y/o potencial resultante de la
aplicación de las acciones derivadas del proyecto, en la solución y/o atención del problema,
necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.
• Instancia Instituciones, universidades públicas y particulares, centros, empresas, laboratorios
y personas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas
Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) que presenten solicitudes de apoyo al Fondo.
• Interinstítucional Se refiere a la participación en el proyecto de por lo menos dos
instituciones, centros o empresas.
• Mecanismos de Transferencia Los medios o procesos por los cuales el responsable del
proyecto hará la entrega de los resultados de la investigación a la Entidad que le permiten
asegurar la asimilación del conocimiento generado.
• Pari pasu Para efectos de esta Convocatoria, se refiere al requisito indispensable de que los
recursos financieros provenientes del Sujeto de Apoyo sean aportados con antelación a la
ministración del apoyo económico otorgado por el Fondo Mixto y en un monto igual al
solicitado.
• Pertinencia
• Grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas de la Convocatoria a la que
concursa.
• Prepropuesta Presentación ejecutiva o resumida de un proyecto, mediante la cual se
determina si cumple con el requisito de pertinencia.
• Productos Entregables Productos, servicios, tecnología y procesos que le serán entregados
a la Entidad para atender el problema o necesidad que dio origen al proyecto.
• Propuesta Documento que describe el proyecto de investigación científica y tecnológica, de
innovación y desarrollo tecnológico, de consolidación de grupos de investigación y de
fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, que pretenden realizar
instituciones, universidades públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y
privadas y demás personas, para atender las demandas establecidas por la Entidad, y que se
presenta al Fondo Mixto.
• Proyecto Propuesta aprobada por el Comité Técnico y de Administración para recibir recursos
del Fondo Mixto.
• Representante legal Persona física de la instancia proponente, con capacidad legal para
contraer compromisos a su nombre y firmar el convenio específico de asignación de recursos
correspondiente.
• Responsable administrativo del proyecto Persona física responsable de la administración
de los recursos otorgados por el Fondo Mixto, para la ejecución de las etapas del proyecto.
• Responsable General del proyecto Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la
solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de las actividades de un proyecto en el
cual participe más de una instancia. Generalmente será el responsable técnico de la instancia
proponente.
• Responsable técnico del proyecto Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la
solicitud de apoyo y del desarrollo de las actividades de un proyecto.
• Servicios Satisfactores derivados del proyecto que la instancia ofrece para resolver el
problema o necesidad de la Entidad.
• Sujeto de apoyo Instancia beneficiada con recursos del Fondo Mixto.
• SMMDF* Salario Mínimo Mensual para el Distrito Federal.
• Usuario Instancia responsable recibir los resultados o productos del proyecto y de
instrumentar las acciones derivadas del mismo en la solución del problema, necesidad u
oportunidad que dio origen a la demanda.
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