Todo lo que quieras Saber de Quintana Roo


CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE QUINTANA ROO

01.08.2010 23:04

Quintana Roo constituye un Estado libre en tanto sus miembros determinan la- De conformidad al pacto federal estipulado en la Constitución General de laEl Estado de Quintana Roo se reserva el ejercicio soberano de todas lasLa soberanía del Estado reside esencial y originariamente en el puebloEl Estado de Quintana Roo adopta la forma de gobierno republicano,Quintana Roo es un Estado democrático, considerando a la democracia noLa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ConstituciónEs función del Estado proveer el desenvolvimiento de todas las facultades deEs finalidad del Estado procurar y promover la participación de todos losEsta Constitución no perderá su fuerza y vigencia, aun cuando por cualquierEl Estado de Quintana Roo asegura para sus habitantes el goce irrestricto deEl Estado garantiza la igualdad jurídica respecto de sus habitantes sinSe reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas establecidos en elDecidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política yAplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictosElegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a lasPreservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyanConservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras en los términosAcceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierraElegir en cada pueblo o comunidad indígena de acuerdo con sus normas, procedimientosAcceder plenamente a la jurisdicción del Estado. Para garantizar ese derecho, en todosEstablecer y operar sus propios medios de comunicación, de acuerdo a las formalidadesLos Gobiernos Estatal y Municipales, para promover la igualdad de oportunidades de losImpulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer lasGarantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüeAsegurar el acceso efectivo a los servicios de salud, aprovechando debidamente laMejorar las condiciones de las comunidades indígenas y de sus espacios para laPropiciar la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a losExtender la red de comunicaciones que permita la integración de las comunidades,Apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidadesEstablecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas en. Consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo y deEl disfrute de la libertad jurídica es prerrogativa de todos los habitantes deEl individuo sometido a régimen de servidumbre que entrañe menoscabo deToda persona tiene derecho a realizar por propio consentimiento su trabajo enLos servidores y empleados públicos, estatales o municipales, acatarán elEl derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con objeto lícito, no estáLos derechos de tránsito por el Estado, y mudar de residencia dentro delToda persona disfrutará en Quintana Roo de la libertad de creencias, enLa correspondencia que bajo cualquier forma circule en el Estado, estaráToda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano yLa información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegidaToda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización,Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos deLos sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativosLa ley determinará la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública laLa inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información públicaNadie será juzgado con Leyes privativas ni por tribunales especiales. NingunaLas leyes no surtirán efectos retroactivos en perjuicio de persona alguna.A nadie se afectará en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones,Nadie puede ser reducido a prisión por deudas de carácter meramente civil.Sólo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. ElEn ningún caso, una detención ante autoridad judicial podrá exceder delEn todo proceso de orden penal, tendrá el inculpado las siguientes garantías:Inmediatamente que lo solicite, el juez o tribunal deberá otorgarle la libertad provisional bajoNo podrá ser obligado a declarar. Queda prohibida y será sancionada por la Ley penal todaSe le hará saber en audiencia pública y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a suSiempre que lo solicite, será careado en presencia del juez con quienes depongan en suSe le recibirán los testigos y demás pruebas que ofrezca, concediéndosele para esto elSerá juzgado en audiencia pública por un juez o jurado de ciudadanos que sepan leer yLe serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten en elSerá juzgado antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no excedaDesde el inicio de su proceso será informado de los derechos que en su favor consignaEn ningún caso podrá prolongarse la prisión o detención, por falta de pago de honorarios deLa imposición de las penas es propia y exclusiva de la Autoridad Judicial. LaQuedan prohibidas la pena de muerte, las de mutilación y de infamia, laLa organización y desenvolvimiento de la familia revisten un objeto particularLa educación es un derecho fundamental del ser humano y de la sociedad.El Estado de Quintana Roo, reconoce a la propiedad una función social de laEl Estado de Quintana Roo protegerá en beneficio de sus trabajadores, elSon habitantes del Estado todas las personas que se encuentran radicadas- Son obligaciones de los habitantes del Estado:Cumplir con los preceptos de esta Constitución, los de las leyes, reglamentos yContribuir a los gastos públicos del Estado y del Municipio en que residan en la formaSon quintanarroenses:Los que nazcan en el Estado.Los mexicanos hijos de padre o madre quintanarroense, cualquiera que sea el lugar de suLos mexicanos que tengan domicilio establecido y una residencia efectiva de dos años porLos mexicanos que habiendo contraído matrimonio con quintanarroense, residan cuandoLa calidad de quintanarroense a que se refieren las fracciones III y IV delEl desempeño de un cargo público o de elección popular, oLa realización de estudios fuera de la Entidad por el tiempo que lo requieran.La calidad de quintanarroense se pierde por la adquisición expresa de otra.Son ciudadanos del Estado de Quintana Roo los quintanarroenses que hayanSon prerrogativas de los ciudadanos del Estado de Quintana Roo:Votar en las elecciones populares estatales y municipales.Poder ser votado para todo cargo de elección popular teniendo las calidades que establezcaAsociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntosLas demás que le confieran esta Constitución y las leyes que de ella emanen.Son deberes de los ciudadanos del Estado de Quintana Roo:Inscribirse en el catastro de la municipalidad manifestando sus propiedades, industria,Inscribirse en los padrones electorales, en los términos que determinen las leyes.Alistarse en la Guardia Nacional.Votar en las elecciones populares en los términos que señale la Ley.Ejercer los cargos de elección popular para los que fuere electo, yDesempeñar las funciones electorales, censales, las de jurado y demás contenidas en estaLas prerrogativas de los ciudadanos quintanarroenses se suspenden porLas prerrogativas del ciudadano se recobran:La calidad de ciudadano quintanarroense se pierde por sentencia ejecutoria,El territorio del Estado de Quintana Roo comprende:La porción oriental de la Península de Yucatán, limitada por una línea divisoria queLas islas de: Cozumel, Cancún, Mujeres, Blanca y Contoy, situadas en el Mar Caribe yLa base de la división territorial y organización política y administrativa delLa ciudad de Chetumal es la capital del Estado y la residencia oficial de losEl Supremo Poder del Estado se divide para su ejercicio en Legislativo,El sufragio constituye la expresión soberana de la voluntad popular. Los ciudadanos, losLa preparación, organización, desarrollo y vigilancia de los procesos para las elecciones deLos partidos políticos son entidades de interés público que tienen como fin promover la vidaEl financiamiento público ordinario para el sostenimiento de sus actividades permanentes,El treinta por ciento del monto total del financiamiento público estatal se distribuirá en partesEl setenta por ciento restante se distribuirá según el porcentaje de la votación estatal queEl financiamiento público extraordinario para las actividades tendientes a la obtención delEl financiamiento público ordinario y extraordinario, se otorgará entre los partidos queLos partidos políticos nacionales y estatales que hubiesen obtenido su registro ante elSe reintegrará hasta el setenta y cinco por ciento de los gastos anuales que eroguen losEl financiamiento público prevalecerá sobre el privado; por lo tanto, las aportaciones que losLas agrupaciones políticas estatales son formas de asociación ciudadana que coadyuvaránLa Ley establecerá un sistema de medios de impugnación, para garantizar que los actos deLa Ley respectiva tipificará los delitos y determinará las faltas y responsabilidades enLa colaboración de poderes, a través del ejercicio de las atribucionesNo podrán reunirse dos o más de estos poderes en una persona o corporaciónLa Legislatura del Estado de Quintana Roo, se integra con quince diputadosLa Ley de la materia fijará los criterios que tomará en cuenta el Consejo.-- La elección de los diez diputados según el principio de representaciónPara obtener el registro de sus listas de candidatos a Diputados por el principio deTendrá derecho a participar en la asignación de Diputados electos según el principio deNingún partido político o coalición podrá tener más del sesenta por ciento de los integrantes- Para ser Diputado a la Legislatura, se requiere:Ser ciudadano Quintanarroense, en ejercicio de sus derechos políticos, con 6 años deTener 18 años cumplidos el día de la elección.No podrá ser Diputado:El Gobernador en ejercicio, aún cuando se separe definitivamente de su puesto,Los Secretarios de Despacho dependientes del Ejecutivo, el Procurador General de Justicia,Los presidentes municipales o quienes ocupen cualquier cargo municipal, a menos que seLos servidores públicos federales que realicen sus funciones en el Estado, a menos que seLos militares en servicio activo y los ciudadanos que tengan mando en los cuerpos deLos que sean o hayan sido ministros de cualquier culto religioso a menos que se hayanLos Magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo, el Consejero Presidente y losLos diputados a la Legislatura, no podrán ser reelectos para el períodoLos diputados son inviolables por las opiniones que manifiesten en el- Los diputados en ejercicio, no podrán desempeñar ninguna otra comisión oSon obligaciones de los diputados:Asistir regularmente a las sesiones.Desempeñar las comisiones que les sean conferidas.Visitar los distritos en los que fueren electos e informar a los habitantes de sus laboresAl reanudarse el período de sesiones ordinarias, presentar a la Legislatura un informe deLa Legislatura tendrá durante el año dos períodos ordinarios de sesiones queLa Legislatura, a convocatoria de la Diputación Permanente, por sí o aNo podrá celebrarse ninguna sesión sin la concurrencia de más de la mitad delLos diputados que no concurran a una sesión, sin causa justificada o sinIncurrirán en responsabilidad y se harán acreedores a las sanciones que laEl Gobernador del Estado asistirá a la apertura del Primer Período OrdinarioLa Legislatura se reunirá en la capital del Estado, pero podrá cambiarEl derecho de iniciar Leyes y decretos compete:Al Gobernador del Estado.A los diputados de la Legislatura.A los Ayuntamientos.A los ciudadanos quintanarroenses, en los términos que señale la Ley respectiva.Al Tribunal Superior de Justicia del Estado, en materia de legislación civil, penal, familiar,Las iniciativas se sujetarán al trámite señalado en el Reglamento Interior de laSe considera aprobado todo proyecto de ley o decreto no devuelto por elLa facultad de veto del Ejecutivo se sujetará a las siguientes reglas:Todo proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devueltoDe ser confirmado el proyecto original, por las dos terceras partes de los miembros de laSi la Legislatura aprobase, por la misma mayoría calificada, en parte o todas lasEl Ejecutivo no podrá hacer observaciones sobre los acuerdos económicos,Las iniciativas de ley o decreto que fueren desechadas por la Legislatura, noToda resolución de la Legislatura que tenga carácter de ley o decreto seSon facultades de la Legislatura del Estado:Legislar en su orden interno en todo cuanto no esté reservado por la Constitución GeneralExpedir Leyes reglamentarias y ejercer las facultades explícitas otorgadas en laIniciar leyes y decretos ante el Congreso de la Unión.Expedir su Ley Orgánica y su Reglamento Interior, así como la Ley del Órgano Superior deExpedir el Bando Solemne para dar a conocer en todo el Estado la Declaratoria deDEROGADA P.O. 20 SEP. 1995.Convocar a elecciones extraordinarias para Gobernador, en caso de falta absoluta de ésteConvocar a elecciones extraordinarias de Diputados y Ayuntamientos, los cuales deberánErigirse en Colegio Electoral para elegir Gobernador sustituto para que concluya el períodoConceder a los diputados y magistrados del Tribunal Superior de Justicia, licencia temporalDecidir sobre las solicitudes de renuncia que formulen los diputados y Gobernador delDesignar mediante el procedimiento previsto en esta Constitución y en las leyesCambiar la sede de los poderes del Estado.Ejercer las facultades que le otorga la Constitución Federal en relación a la Guardia- Determinar las características y el uso del escudo estatal.Solicitar la comparecencia de servidores públicos para que informen, cuando se discuta oErigirse en Gran Jurado para calificar las causas de responsabilidad de sus miembrosDeclarar si ha lugar o no a formación de causa de que habla el Artículo 162 de estaElegir la Diputación Permanente.Designar a los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado y aprobar oLegislar en todo lo relativo a la administración pública, planeación y desarrollo económicoAutorizar la participación del Ejecutivo en comisiones interestatales de desarrolloRatificar o rechazar los convenios que celebren el Ejecutivo con el Gobierno Federal.Otorgar reconocimiento a los ciudadanos que hayan prestado eminentes servicios a laAutorizar al Ejecutivo y a los Ayuntamientos para contratar Empréstitos a nombre delLegislar acerca de la administración, conservación y enajenación de los bienes delAprobar o rechazar las concesiones otorgadas por el ejecutivo.Nombrar y remover, conforme al procedimiento previsto en esta Constitución o en laExaminar y aprobar, en su caso, la cuenta pública del Gobierno del Estado,Aprobar las Leyes de Ingresos Municipal y Estatal y el presupuesto de egresos delCrear y suprimir empleos públicos y fijar sus emolumentos.Facultar al Ejecutivo a tomar medidas de emergencia en caso de calamidad y desastre.Decretar las leyes de hacienda de los Municipios, así como revisar y fiscalizar susDecretar la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo.Crear o suprimir Municipios y reformar la división política del Estado, mediante el votoResolver los conflictos que surjan entre los Ayuntamientos entre sí y entre éstos y elDefinir los límites de los Municipios en caso de duda surgida entre ellos, salvo cuandoDecidir sobre la desaparición de poderes municipales, sólo en casos de causa grave,Designar por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura, aExpedir la Ley de Expropiación por causa de utilidad pública.Expedir leyes para fijar la extensión máxima de la propiedad rural, en los términos delDeterminar el patrimonio familiar señalando los bienes que lo integran, sobre la base deLegislar en materia de seguridad social, teniendo como objetivo la permanenteLegislar sobre la protección, conservación y restauración del patrimonio histórico,Designar, mediante el procedimiento que la ley determine, al Presidente y a losExpedir leyes encaminadas a combatir el alcoholismo;Expedir todas las leyes y decretos que sean necesarios para hacer efectivas lasEl día de clausura del período de sesiones ordinarias, la Legislatura elegiráAcordar por si o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria a sesiones extraordinarias;Instalar y presidir la primera Junta Preparatoria de la Nueva Legislatura;- Nombrar interinamente a los Titulares de las Dependencias del Poder Legislativo, así comoResolver los asuntos de su competencia y recibir durante los recesos de la Legislatura lasConceder licencias temporales a los Diputados y Magistrados del Tribunal Superior deNombrar Gobernador Provisional en los casos previstos en esta Constitución;Designar por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes a los miembros de losDesignar a los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado y aprobar oRecibir la protesta de Ley al Gobernador interino, provisional, sustituto o quien haga susRecibir la protesta de Ley y aprobar o rechazar el nombramiento de Procurador General deDesignar mediante el procedimiento que la Ley determine, al Presidente y a los integrantesDesignar mediante el procedimiento previsto en esta Constitución y en las leyesLas demás que le confiera expresamente esta Constitución.El Órgano Superior de Fiscalización de la Legislatura del Estado, tendráRevisar y fiscalizar en forma posterior la cuenta pública que los Gobiernos, Estatal yEntregar a la Legislatura Estatal el informe del resultado de la revisión y fiscalización de laInvestigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en elDeterminar los daños y perjuicios que afecten la Hacienda Pública o al Patrimonio de losLas demás facultades y atribuciones que le otorguen las leyes respectivas.El Poder Ejecutivo se ejerce por una sola persona denominado: "GobernadorLa elección del Gobernador será universal, libre, secreta, directa, uninominal yPara ser Gobernador del Estado se requiere:Ser ciudadano mexicano por nacimiento, nativo de la entidad o hijo de padre o madre nacidoTener 25 años cumplidos al día de la elección, y estar en pleno ejercicio de sus derechosNo pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso.No ser militar en servicio activo o ciudadano con mando en los cuerpos de seguridadNo ser Secretario de Estado o Jefe de Departamento, Ministro de la Suprema Corte deNo ser Secretario o Subsecretario del despacho, Director de Organismos DescentralizadosNo estar comprendido en alguna de la prohibiciones establecidas por el Artículo 89 de estaNo ser Consejero Presidente, Consejero Electoral, Secretario General o Funcionario delEl Gobernador del Estado durará en su cargo 6 años, e iniciará el ejercicio deAl tomar posesión de su cargo el Gobernador del Estado deberá rendirEn caso de falta absoluta del Gobernador del Estado ocurrido en los dosSi al inicio de un período constitucional no se presentase el GobernadorEn las ausencias o faltas temporales del Gobernador del Estado seLas ausencias hasta por 30 días, serán suplidas por el Secretario de Gobierno.Si la ausencia excede de 30 días y no pasa de 90, el Gobernador dará aviso a laSi la falta temporal excede de 90 días la Legislatura o la Diputación PermanentePara ser Gobernador sustituto, interino o provisional se requieren los mismosEl ciudadano designado para suplir las faltas absolutas o temporales delEl cargo de Gobernador del Estado solamente es renunciable por causa graveEl Gobernador del Estado, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria oEl Gobernador sustituto constitucional, o el designado para concluir el período en casoEl Gobernador interino, el provisional o el ciudadano que, bajo cualquieraSon facultades del Gobernador:Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Despacho de la Administración PúblicaDEROGADA P.O. 09 JUL. 1998.DEROGADA P.O. 09 JUL. 1998.DEROGADA P.O. 09 JUL. 1998.DEROGADA P.O. 09 JUL. 1998.Conceder indulto a reos sentenciados por delitos del orden común.Conceder amnistías, siempre que se trate de delitos de la competencia de los TribunalesSolicitar la protección de los Poderes de la Unión, de conformidad con el Artículo 122 deEjercer el derecho de veto en los términos de la Constitución.Tener bajo su mando la fuerza de Seguridad Pública del Estado, así como el de la policíaEjercer las facultades que le otorgue la Constitución Federal en relación a la GuardiaDictar las medidas urgentes que estime necesarias para la defensa de la Salubridad yRepresentar al Estado en las comisiones federales y en las comisiones interestatalesEjercer actos de dominio del patrimonio del Estado en los términos de esta Constitución.Ejercer el Presupuesto de Egresos.Contratar empréstitos y garantizar obligaciones con aprobación de la Legislatura.Nombrar, con la aprobación de la Legislatura del Estado o de la Diputación Permanente,Las demás que le confiera esta Constitución y sus Leyes.Son obligaciones del Gobernador:Publicar, cumplir y hacer cumplir las leyes federales.Publicar, cumplir y hacer cumplir las Leyes decretadas por la Legislatura, proveyendoRendir a la Legislatura un informe anual del estado que guarda la administraciónPresentar a la Legislatura al término de su período constitucional, una memoria sobreFacilitar al Poder Judicial el auxilio que requiera para el ejercicio de sus funciones.Mantener la administración pública en constante perfeccionamiento, adecuándola a lasPresentar a la Legislatura antes del día 1° de dici embre de cada año las iniciativas deGestionar ante las dependencias federales la aplicación de las medidas conducentes, aPromover el desarrollo económico del Estado, buscando siempre que sea compartido yFomentar la creación de industrias y empresas rurales, y promover la armónicaPlanificar el crecimiento de los centros urbanos dotándolos de los servicios necesariosMejorar las condiciones económicas sociales de vida de los campesinos fomentandoLas demás que señalen esta Constitución y sus leyes.Para el despacho de los negocios del orden administrativo, habrá el númeroToda ley o decreto será refrendada por el Secretario de Gobierno y por elLa Legislatura Estatal, mediante la Ley o Decreto que al efecto expida,Para ser Secretario del Despacho y Director de Organismos DescentralizadosSer Ciudadano quintanarroense y nativo de la Entidad o con residencia no menor de 5 años.Estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos, yTener modo honesto de vivir.El Ministerio Público estará a cargo de un Procurador General de Justicia y delSer ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de la Entidad o con residencia efectiva noSer licenciado en derecho con título debidamente registrado.Estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos, yTener modo honesto de vivir.Se deposita el ejercicio del Poder Judicial del Estado en el Tribunal Superior deEl Tribunal Superior de Justicia se integra por nueve Magistrados NumerariosEl Tribunal Superior de Justicia será presidido por un Magistrado que noEsta Constitución garantiza la independencia de los Magistrados y Jueces delPara ser Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, se requiere:Ser ciudadano mexicano por nacimiento y ciudadano quintanarroense, en ejercicio deNo tener menos de treinta y cinco años de edad el día de la designación.Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesionalGozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito que amerite penaHaber residido en el Estado durante los diez años anteriores al día de la designación.No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso, a menosNo haber sido Gobernador, Secretario de Despacho o su equivalente, ProcuradorLos Magistrados del Tribunal Superior de Justicia serán designados conformeEl Gobernador del Estado someterá una terna a la consideración de la Legislatura delSi la Legislatura del Estado no resolviere en el término señalado, rechaza la terna o noSi presentada la segunda terna, a la Legislatura del Estado, ésta la rechaza, se abstiene de.- Corresponde al Pleno del Tribunal Superior de Justicia, el ejercicio de lasIniciar Leyes o decretos inherentes a la impartición de justicia;Elegir al Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado;Elegir al Magistrado que integrará el Consejo de la Judicatura del Estado;Resolver sobre las contradicciones entre las tesis sostenidas en las resoluciones de lasConocer de las recusaciones con causa y de las excusas de los Magistrados;Aprobar anualmente el anteproyecto del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial,Asignar a las Salas los Magistrados Numerarios y Supernumerarios correspondientes;Resolver las controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad local y lasLas demás que le confieran esta Constitución y la Ley Reglamentaria;El control constitucional se erige dentro del régimen interior del Estado, comoPara el cumplimiento de las atribuciones señaladas en la fracción VIII delDe las Controversias que, por la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales,El Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.El Poder Ejecutivo y uno de los municipios.El Poder Legislativo y uno de los municipios.Dos o más municipios del Estado.De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posibleCuando menos la tercera parte de los miembros del Congreso del Estado;El Procurador General de Justicia del Estado, en contra de Leyes de carácter estatal.De las acciones por omisión legislativa, cuando se considere que la Legislatura del EstadoEl Gobernador del Estado; oUn Ayuntamiento del Estado.La Sala Constitucional y Administrativa conocerá y resolverá de los recursosDe los juicios en contra de actos administrativos que las autoridades de laDe los juicios en contra de los actos administrativos de la Administración PúblicaDe los juicios en contra de las resoluciones definitivas dictadas por la AdministraciónDe los juicios en contra de la falta de contestación de las mismas autoridades, dentroDe los juicios en contra de resoluciones negativas ficta en materia fiscal, que seDe los juicios en que se demande la resolución positiva ficta, cuando la establezcaDe los juicios en que se impugne la negativa de la autoridad a certificar la configuraciónDe los juicios que promuevan las autoridades para que sean nulificadas lasDe los demás que expresamente señalen esta Constitución y la ley.La Sala Constitucional y Administrativa será competente para conocer yEl Consejo de la Judicatura será un órgano del Poder Judicial del Estado conEl Consejo de la Judicatura del Estado funcionará en Pleno o en comisiones,El Consejo de la Judicatura, se integrará por cinco miembros de los cuales,El Poder Judicial del Estado administrará con autonomía su presupuesto; elLos bienes que integran el patrimonio del Estado son:De dominio público, yDe dominio privado.Son bienes de dominio público:Los de uso común.Los inmuebles destinados por el Gobierno del Estado, a un servicio público, yLos muebles que normalmente sean insustituibles, tales como los expedientes de lasLos bienes de dominio privado del Estado son los que le pertenecen enLa Hacienda Pública del Estado está constituida por:Los ingresos determinados en su Ley de Ingresos, y demás normas aplicables, yLos ingresos adquiridos por concepto de subsidios, participaciones, legados,La administración de la hacienda pública estará a cargo del Ejecutivo porLa ley determinará la organización y funcionamiento de las oficinas deAnualmente, durante el mes de noviembre, el Ejecutivo presentará a laEl año fiscal comprenderá del primero de enero al treinta y uno de diciembreSi al iniciarse el año fiscal no se hubiera aprobado el Presupuesto deNo podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el PresupuestoLas cuentas de los caudales públicos deberán glosarse sin excepción por elTodo empleado de hacienda que deba tener a su cargo manejo de fondos delEl Ejecutivo cuidará que la Legislatura conozca de la fianza con la cual losEl Secretario encargado de la hacienda pública del Estado remitiráEl Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organizaciónEl Estado de Quintana Roo, se integra con los siguientes Municipios: OthónLa extensión, límites y cabeceras de los municipios del Estado son:, con cabecera en Chetumal: Al norte, el paralelo que, con cabecera en la población del mismo, con cabecera en la población del mismo, con cabecera en la población del mismo nombre. Comprende, con cabecera en Kantunilkín: Al norte el Canal de, con cabecera en Cancún: Al norte, el paralelo que pasa, con cabecera en la población del mismo nombre: Al, con cabecera en la Ciudad de Playa del Carmen, con la, con cabecera en la Ciudad de Tulum, comprendiendo la siguientePara la creación de municipios en el Estado se requerirá la aprobación de lasQue sea conveniente para satisfacer las necesidades de sus habitantes.Que la superficie del territorio del Estado en que se pretenda erigir, sea suficiente paraQue sus recursos de desarrollo potencial le garanticen posibilidades de autosuficienciaQue su población no sea inferior a treinta mil habitantes.Que la comunidad en que se establezca su cabecera cuente con más de diez milQue la ciudad señalada en la fracción anterior, tenga los servicios públicos adecuados paraQue previamente se escuche la opinión de los Ayuntamientos de los municipios queLa Legislatura del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de susLos conflictos de límites que se susciten entre los diversos Municipios delPara el mejor ejercicio de sus funciones y la prestación de los serviciosCabeceras.Alcaldías.Delegaciones y,Subdelegaciones.Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popularLos Ayuntamientos se integran en la siguiente forma:En los Municipios de Othón P. Blanco y Benito Juárez, con un Presidente, un Síndico, nueveEn los Municipios de Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Cozumel, LázaroLos miembros del Ayuntamiento se elegirán por sufragio universal directo,En los Municipios de Othón P. Blanco y Benito Juárez, cada partido político postulará unaEl Partido Político que obtenga mayoría de votos acreditará a sus miembros en los cargosLos cargos de Regidores electos según el principio de representación proporcional, sePara ser miembro de un Ayuntamiento se requiere:Ser mexicano por nacimiento, ciudadano quintanarroense en pleno ejercicio de sus derechosSer de reconocida probidad y solvencia moral.No desempeñar, con excepción de los docentes, cargo o comisión del Gobierno Federal,No ser Magistrado del Tribunal Electoral del Estado, ni Consejero, Secretario General oNo ser ministro de cualquier culto, a menos que se separe formal y definitivamente de suLa Ley Reglamentaria, establecerá las fórmulas electorales y losLa Ley respectiva reglamentará el proceso de preparación, desarrollo yLos Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores de los AyuntamientosEn las ausencias temporales del Presidente Municipal pasará a desempeñar- En caso de falta absoluta de algún miembro del Ayuntamiento, éste llamará aCuando el suplente respectivo no pueda entrar al desempeño del cargo, elCuando no se hubiere verificado la elección en la fecha que debe renovarseLa Legislatura del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de susLos Ayuntamientos, tendrán facultades para formular, aprobar y publicar, deConforme al artículo anterior, la Ley establecerá las bases generales de laLos Municipios del Estado tendrán a su cargo las funciones y serviciosCuando a juicio de un Ayuntamiento sea necesario, podrá celebrar conveniosLa Ley establecerá las normas generales para que el Gobierno del EstadoLos Municipios, previo acuerdo entre sus Ayuntamientos, podrán coordinarseEl Estado podrá transferir o delegar a los Municipios, mediante Ley oLa Legislatura del Estado emitirá las normas que establezcan losLos Municipios administrarán libremente su hacienda conforme a lasLos recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por losLa Legislatura del Estado discutirá y aprobará, en su caso, las Leyes de ingresos de cadaEn todo caso los municipios percibirán:Las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezca la Legislatura d

—————

Volver